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El deber de denunciar de los profesionales de la FPE

Si no hay testimonios de los propios afectados, se corre el peligro de que el caso no se investigue, o se archive.
"El silencio de los afectados hace suponer que no hay infracción" me comentó una vez un letrado.

Tal como dice Rafael Arteaga, "Por una formación digna, no te calles"

Se podría añadira: "El silencio ante un delito público causa un daño público"

Para la mayoría de delitos, la ley española dice que denunciarlos es potestativo. Denuncia el que quiere si quiere.

Pero cuando se trata de delito público, estamos obligados.

La Ley es clara:

L.E.Cr. Artículo 259:
"El que presenciare la perpetración de cualquier delito público está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Juez"

Y más los profesionales de la FPE:

L.E.Cr. Artículo 262:
"Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal competente,..."


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