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Falsas tutorías. Declaración judicial

Durante años, muchos responsables de centros colaboradores se han adueñado de buena parte del Módulo A alegando que han efectuado TUTORÍAS.

Pero ¿Qué tutorías pueden haber en cursos presenciales?

La anterior normativa, la Orden de 13 de abril de 1994 del Ministerio de Trabajo, las reservaba exclusivamente para los cursos a distancia.

Una vez pregunté al responsable de un centro por qué se asignaba supuestas tutorías en cursos presenciales.
Me reconoció que lo hacía aunque no era experto en las materias que se impartían en su centro (Ofimática, Internet, contabilidad), pero “así lo hacían todos los centros si querían obtener algún beneficio”

Para ilustrar este tema, transcribo otra parte del juicio del que se hablaba en la página 3 de este foro:

A (Abogado Leopoldo García Quinteiro):
¿En los centros de Formación Ocupacional se impartía formación a distancia?
¿Había uno, uno sólo que impartiera formación a distancia?

T (Testigo: Mª José Barón Castellar, jefa de sección de formación ocupacional en Barcelona)
¿Que impartieran formación a distancia?

A: Sí. ¿Algún curso era en esta modalidad a distancia?

T: Creo recordar de que no.

A: Mire. Si no había cursos que se impartiesen a distancia ¿Cómo aprobaban ustedes, dando su conformidad, la inclusión en el módulo A de tutorías?
En los informes de segundo pago, a su contingente de cursos asignados, figuraban cantidades en concepto de tutorías ¿Sí?

T: Sí

A: Tutoría es el experto que presta servicio no presencial. En los términos de la Orden Ministerial de 13 de abril del 94, de la Orden del 10 de octubre del 2001.
Pese a que no había de comprobar que este señor decía que cobraba 15 cuando tenía que cobrar 40.
¡Estamos hablando de un fantasma! Es decir, de un gasto fantasma.
Este curso es presencial. No es a distancia, y me justifican el módulo con tutoría ¿Qué tutor?

T: Es que el concepto de tutoría está en la Orden Ministerial, pero metodológicamente por tutoría se entendía otro tipo de…

A: ¿Qué se entendía?

T: Una tutoría es un soporte a los alumnos

A: Pero ¿De qué?
Vamos a ver. ¿Esos módulos consisten en que yo que no sé de fontanería…?

Juez: ¿Los tutores en los cursos tenían alguna función práctica a desarrollar?

T: ¿La existencia de los tutores? En algunas acciones sí, sí. En algunas acciones sí

A: ¿En qué consistían estas tutorías?

T: Pues lo que le estoy diciendo: un soporte, de un acompañamiento al alumno. En los procesos de inserción. En una serie de cosas.

A: Estamos hablando de acciones formativas, de contenido ocupacional

T: Sí. De formación ocupacional

A: Es decir ¿Qué quiere decir? ¿Que después de concluido el curso había unos señores que formaban parte de una plantilla de un centro privado que acompañaban a los alumnos a pedir empleo?

T: A ver. Sí que las hacen, acciones de acompañamiento.

A: Estas personas no son los formadores. Estas personas no están para acompañar a los alumnos.

Juez: Bien. ¿Alguna otra pregunta?

T: En cualquier caso, a ver. Yo no soy competente. Yo no voy lo que…Es que…

Juez: ¿Alguna pregunta más?

A: Pues ninguna más

Juez: Puede sentarse



La jefa de formación dice que "En algunas acciones sí" habían tutorías.
Pero es que el 90% de los centros presupuestaban y presupuestan gastos por tutorías en cursos presenciales.

Presupuestaban tutorías a la hora de solicitar los cursos, PERO JAMÁS SE DESCRIBÍA TAL ACTIVIDAD en los expedientes (a pesar de que toda actividad subvencionable debe ser descrita previamente, para su posterior control y seguimiento).

Antes de validar las solicitudes, viendo las considerables cantidades que se imputaba en concepto de tutorías, pedí a los centros que las detallaran en la descripción de los cursos.

Hubo protestas, y mi jefa de sección, Mª José Barón Castellar, me prohibió que requiriera tal aclaración a los centros. "Si te quedas más tranquilo, pídelo de palabra, pero NO por escrito, porque las palabras se las lleva el viento"
Me quedé anonadado ante tal respuesta.

Aun así, en las visitas de seguimiento de final de curso, pregunté a centenares de alumnos si habían recibido alguna tutoría.
La totalidad, el 100% respondía siempre que no. En las actas de visita lo hice constar.

Luego vi que se pagaron las subvenciones por este concepto, sin mayor problema, a pesar de que eran actividaes NO descritas y constar que los alumnos afirmaban no haberlas recibido.




REVISIÓN DE EXPEDIENTES DE JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA EN EL JUZGADO

Sobre este desaguisado, he aquí algunos casos concretos, obtenidos en una revisión de expedientes que se tuvo que realizar para ese mismo juicio.
Son cursos del 2004
Obsérvese que incluso se asignan tutorías en cursos de trabajadores (Caso 3).
No sé si los pretendidos "acompañamientos" deben hacerse en limosina a sus lugares de trabajo.


CASO 1)
Expediente de justificación económica del centro colaborador con número de censo 456

Curso 147497 Administrativo comercial, de 730 horas. Precio/hora Módulo A: 41,25 €/h
La responsable se imputa 48 €/hora por 210 horas impartidas.
J.V.J. figura con 45 €/hora por 280 horas.
Los restantes profesores solo 9 €/hora por 240 horas que impartieron.
A parte, la supuesta tutoría se la asigna la responsable, M.C.A. por un importe de 3840 €

Curso 147498 Vendedor técnico, de 470 horas. Precio/hora Módulo A: 41,25 €/hora
La responsable se imputa 48 €/hora por impartir 78 horas.
J.V.J. 45 €/hora por 200 horas.
A los profesores restantes solo de 8 a 14,42 €/hora por las 192 horas restantes.
A parte, la supuesta tutoría se la asigna María Carrasco, por un importe de 2610 €


CASO 2)
Expediente de justificación económica del centro colaborador con número de censo 2129

Curso 146829 Administrativo contable, de 450 horas. Precio/hora Módulo A: 41,25 €/hora
El hijo de la responsable, J.M.F. figura con 158,26 €/hora por 32 horas impartidas.
Los demás docentes con 17,49 €/hora por las 418 horas restantes.
A parte, la supuesta tutoría se la asigna la responsable, J.F.P., con 2186,25 €


CASO 3 )
Expediente de justificación económica del centro colaborador con número de censo 624.

- Curso 157887 Administrativo contable, de 694 horas. Módulo A:41,25 €/hora

M.P consta con un precio/hora de 23,91 por 370 horas impartidas, son 8847 €
G.M. consta a un precio/h de 17,60 “por 120 horas impartidas, son 2112 €
R.B. consta a un precio/h de 25,99 por 34 horas impartidas, son 884 €
A.C. consta a un precio/h de 25 por 170 horas impartidas, son 4250 €

La responsable, A.C. se asigna además supuestas tutorías por 6754,74 € y sólo ella la preparación de la acción (preparación de clases) por 3671 €
Así, A.C. sale a un precio Módulo A de 86,33 €/hora al sumar sus tres asignaciones y dividirlas por las 170 horas que realizó.


- Curso 162403 Ofimática, dirigido a trabajadores, de 135 horas.
Módulo A: 55,51 €/hora.
El principal docente, M.M., que impartió 123 horas, figura con 19,38 €/hora, solo factura 2383,74 €
A.C. se asigna supuestas tutorías por 3383,28 €


- Curso 162404 Ofimática, dirigido a trabajadores, de 90 horas.
Módulo A: 55,51 €/hora
El principal docente, G.M., que impartió 78 horas, figura con 17,60 €/hora,
Solo factura 1372,80 €
A.C. se asigna supuestas tutorías por 2255,52 €



La actual normativa, Resolución de 18 de noviembre de 2008 que regula la justificación de gastos en la FPE, parece querer solucionar esto, cuando en el artículo 14 dice:
"Las actividades de preparación, tutoría y evaluación tendrán la consideración de gasto elegible siempre que se notifiquen las mismas antes del inicio de las acciones formativas y el Servicio Público de Empleo Estatal las autorice expresamente."

Para evitar sorpresas, yo me procuraría el documento descrito en la página "Impreso declaración de alumnos"

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